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Las personas naturales obligadas a presentar declaración de renta deberán hacerlo entre el 12 de agosto y el 24 de octubre del 2024

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Es importante recordar que las personas naturales que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 592 y 593 del Estatuto Tributario Nacional deberán presentar su declaración de renta. Los criterios para estar obligado a declarar son:
  1. Ingresos brutos superiores a $59.377.000 durante el año 2023.

  2. Patrimonio bruto superior a $190.856.000 al 31 de diciembre de 2023.

  3. Consumos con tarjetas de crédito superiores a $59.377.000 en el año 2023.

  4. Total, de compras y consumos superiores a $59.377.000 en el año 2023.

  5. Valor total de consignaciones bancarias, depósitos e inversiones financieras superiores a $59.377.000 en el año 2023.

Si se cumple con uno o algunos de estos criterios se está obligado a declarar renta. Obligación que deberá cumplirse dentro de los siguientes plazos de conformidad con los últimos dos dígitos de la cédula del ciudadano.

De no cumplir con este deber el contribuyente queda expuesto a la sanción por extemporaneidad de la que habla el artículo 641 del Estatuto Tributario Nacional o directamente a la sanción por no declarar contemplada en el artículo 643 ibidem.

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