Les comparto la ampliación del plazo que la Ley 2277 de 2022 realizó para la calificación dentro de dicho régimen; ya que, modificó el artículo 364-5 del ET para establecer que las entidades del régimen tributario especial – RTE deberán actualizar anualmente, en los primeros 6 meses de cada año.
Teniendo en cuenta lo anterior, tendrán plazo en el año 2023 de enviar y cumplir con la calificación para mantenerse dentro del RTE, hasta el 30 de junio de 2023.
Lo anterior, para tenerlo presente para las fechas de emisión de estados financieros y preparación de la información a ser enviada a la DIAN
En el siguiente link podrán encontrar lo indicado en la Ley 2277 de 2022, en el artículo
La implementación de estos PTEE deberá ser aprobada por el máximo órgano de la ESAL, y deberá remitirse tal documentación a la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá, durante el mes de mayo, dependiendo los dos últimos dígitos del NIT de la ESAL de conformidad con lo dispuesto por la Circular 016 de 2022 de la Alcaldía.