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Información importante para las ESAL que están en Bogotá admin enero 20, 2023

Información importante para las ESAL que están en Bogotá

El 18 de noviembre del 2022, la Secretaría Jurídica Distrital de Bogotá, emitió la circular 058 dirigida a las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que se encuentran bajo la inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como las entidades distritales con competencia de inspección, vigilancia y control de dichas ESAL.
 

En esta Circular y siguiendo con lo establecido en la Ley 2195 de 2022, las ESAL hacen parte de las entidades obligadas a contar con un Programa de Transparencia y Ética Empresarial, el cual debe contar con normas internas y mecanismos para identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los riesgos de Corrupción o de Soborno Transnacional a las que se pueden encontrar expuestas.

Todas las ESAL domiciliadas en Bogotá D.C. y bajo la inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá están obligadas a elaborar, presentar e implementar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial incluso aquellas que están en proceso de disolución y/o liquidación. En esta circular se estableció que existen dos (2) tipos de programas: el PTEE-I (Programa de Transparencia y Ética Empresarial Integral) y el PTEE-S (Programa de Transparencia y Ética Empresarial Simplificado.

El PTEE-I será obligatorio a las ESAL que durante el ejercicio al 31 de diciembre del 2022 cuenten con activos iguales o superiores a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes o que tengan implementado un sistema de administración de riesgos. En cuanto al PTEE-S será obligatorio a las ESAL que durante el ejercicio al 31 de diciembre del 2022 cuenten con activos inferiores a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes o que no tengan un sistema de administración de riesgos implementado.

El PTEE-I y PTEE-S deberán contar por lo menos con lo siguiente:

La implementación de estos PTEE deberá ser aprobada por el máximo órgano de la ESAL, y deberá remitirse tal documentación a la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá, durante el mes de mayo, dependiendo los dos últimos dígitos del NIT de la ESAL de conformidad con lo dispuesto por la Circular 016 de 2022 de la Alcaldía.
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