Revisoría fiscal

La revisoría fiscal es fundamental para asegurar la transparencia, confianza y el cumplimiento normativo dentro de las organizaciones. En Amézquita, contamos con un equipo altamente capacitado para evaluar de forma independiente los estados financieros, los controles internos y el cumplimiento legal de tu empresa. Como una de las principales firmas en este campo en Colombia, ofrecemos un servicio ético y riguroso, alineado con las normativas vigentes. Nuestro enfoque identifica riesgos, optimiza procesos y proporciona información confiable para la toma de decisiones.

¿Qué es la revisoría fiscal en Colombia?

La revisoría fiscal es un mecanismo de control que busca asegurar que la gestión empresarial cumpla con las disposiciones legales, contables, tributarias y regulatorias aplicables. A través del trabajo del revisor fiscal, se valida la razonabilidad de la información financiera y la transparencia en los procesos administrativos de la organización.

Este servicio es obligatorio para ciertas empresas en Colombia y es clave para fortalecer la confianza de inversionistas, socios, entidades de control y terceros relacionados.

¿Cuáles son las funciones del revisor fiscal?

Nuestro servicio de revisoría fiscal ofrece una evaluación integral y técnica del estado financiero, operativo y normativo de la organización. De manera general, incluye:

  • Análisis de estados financieros: Revisión de la razonabilidad, consistencia y confiabilidad de los estados financieros, identificando errores, desviaciones y oportunidades de mejora.
  • Evaluación de controles internos: Análisis del diseño y efectividad de los controles existentes, identificando brechas y riesgos que puedan afectar la operación o la integridad de la información.
  • Revisión del cumplimiento legal y tributario: Verificación de obligaciones contables, fiscales y regulatorias, reduciendo riesgos de sanciones y fortaleciendo la transparencia institucional.
  • Verificación documental y trazabilidad: Revisión de registros, informes y soportes que respalden las operaciones de la empresa, reforzando la trazabilidad y la confiabilidad de la información reportada.
  • Identificación de riesgos empresariales: Detección de irregularidades, fallas en procesos y riesgos financieros o legales que puedan comprometer la operación o el desempeño de la empresa.
  • Informes técnicos y recomendaciones accionables: Presentación de hallazgos claros, conclusiones precisas y acciones de mejora priorizadas según su impacto, fortaleciendo la gestión y la toma de decisiones.

¿Cómo Amézquita fortalece este proceso?

En Amézquita apoyamos a las organizaciones en el cumplimiento integral de las funciones del revisor fiscal mediante un servicio independiente, técnico y orientado a la gestión de riesgos. Nuestro enfoque combina experiencia profesional, metodologías avanzadas y un profundo entendimiento de la normativa colombiana, permitiéndonos:

  • Evaluar la razonabilidad de los estados financieros, asegurando que reflejen de manera confiable la situación real de la empresa.
  • Analizar la eficacia de los controles internos, identificando brechas operativas y riesgos que puedan comprometer la integridad de la información o la continuidad del negocio.
  • Verificar el cumplimiento de obligaciones legales, contables y tributarias, reduciendo riesgos de sanciones y fortaleciendo la transparencia institucional.
  • Revisar la documentación y trazabilidad de procesos, garantizando que la información reportada sea confiable, completa y verificable.
  • Detectar riesgos financieros, operativos y legales, así como posibles irregularidades o fallas en los procesos internos.
  • Proporcionar informes claros con recomendaciones accionables, que permiten optimizar procesos, fortalecer el gobierno corporativo y mejorar la toma de decisiones.

De esta forma, Amézquita contribuye directamente al fortalecimiento del control interno, la transparencia empresarial y la confianza ante socios, inversionistas y entidades de supervisión.

Beneficios de contratar nuestro Servicio de Revisoría Fiscal

Trabajar con Amézquita te permite:

  • Garantizar el cumplimiento normativo: asegurando que la organización opere bajo los estándares legales, tributarios y financieros vigentes en Colombia.
  • Obtener información financiera confiable y verificable: gracias a un análisis técnico e independiente realizado por revisores fiscales expertos.
  • Identificar brechas, riesgos y fallas en los controles internos: facilitando la prevención de fraude y fortaleciendo la gestión empresarial.
  • Mejorar la transparencia ante terceros: incluyendo socios, inversionistas, entidades de control y auditorías externas.
  • Optimizar tu proceso contable y administrativo: a partir de recomendaciones prácticas orientadas a la eficiencia y la sostenibilidad.
  • Fortalecer el gobierno corporativo: con informes que apoyan decisiones objetivas y basadas en evidencia.
  • Recibir acompañamiento permanente: con reportes oportunos y apoyo continuo para la administración y la junta directiva.

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¿Por qué confiar en Amézquita como tu firma de revisoría fiscal?

En Amézquita combinamos independencia, experiencia y un profundo dominio de la normatividad colombiana para ofrecer un servicio de revisoría fiscal que aporta valor real. Nuestro equipo se destaca por su rigor técnico, su capacidad para identificar riesgos y su enfoque orientado al fortalecimiento de procesos y al cumplimiento de todas las obligaciones legales.

Aplicamos metodologías basadas en riesgos, herramientas tecnológicas avanzadas y contamos con el respaldo de Allinial Global, lo que nos permite entregar informes precisos, oportunos y realmente útiles para la toma de decisiones empresariales.

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Preguntas Frecuentes

En Colombia, la revisoría fiscal es obligatoria para determinadas sociedades de acuerdo con el Código de Comercio y las disposiciones de la Ley 43 de 1990. Deben contar con revisor fiscal:

  • a) Las sociedades, sin importar su naturaleza, cuyos activos al 31 de diciembre del año anterior sean superiores a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) o cuyos ingresos superen los 3.000 SMMLV.
  • b) Las sucursales de sociedades extranjeras, desde el momento de su registro en el país.
  • c) Las sociedades por acciones, como las S.A. y S.A.S.

El revisor fiscal cumple un papel clave en el aseguramiento de la información financiera, el control interno y el cumplimiento normativo, garantizando la transparencia ante accionistas, autoridades y terceros. En Amézquita, ofrecemos este servicio con independencia, rigor técnico y experiencia multisectorial.

El revisor fiscal es designado por la asamblea de accionistas o socios de la empresa.
Este nombramiento debe quedar formalmente registrado en el acta de la reunión correspondiente, donde se deben especificar:

  • La fecha en la que el revisor fiscal comenzará sus funciones.
  • La identidad del designado, el cual puede ser una persona natural o una persona jurídica.

La inscripción debe ser gestionada por la entidad que realizó la designación, ante la Cámara de Comercio donde se encuentre registrada la sociedad.

Para dicho trámite, se requiere la aceptación formal del revisor fiscal, tanto de la persona jurídica (si aplica) como de las personas naturales designadas como revisor fiscal principal y suplente. Asimismo, deben aportarse las tarjetas profesionales y las cédulas de las personas naturales involucradas.

Estos documentos deben presentarse ante la Cámara de Comercio, acompañados del acta donde se realizó dicha designación.

Las funciones del revisor fiscal en Colombia están definidas por un marco normativo robusto que establece su responsabilidad de vigilar, evaluar y dictaminar la información financiera y el cumplimiento legal de las organizaciones. Estas funciones se encuentran principalmente en:

  • Código de Comercio (artículos 207 y 209): define las obligaciones formales del revisor fiscal, entre ellas dictaminar estados financieros, evaluar el control interno y velar por el cumplimiento legal.

  • Ley 43 de 1990: regula el ejercicio profesional del contador público y su rol como revisor fiscal, especialmente en materia ética y de independencia.

  • Ley 222 de 1995: amplía los deberes del revisor fiscal frente a la información financiera, la administración y los informes a los órganos de control.

  • Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción): establece responsabilidades relacionadas con la prevención y reporte de actividades asociadas al lavado de activos y corrupción.

  • Ley 1949 de 2019 (Supersalud): asigna funciones especiales cuando la revisoría fiscal se ejerce en entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud.

  • DUR 2420 de 2015: compila el marco técnico normativo, el código de ética y las normas de aseguramiento de la información aplicables al ejercicio del revisor fiscal.

Además, el revisor fiscal ejerce fe pública, lo que significa que sus dictámenes y certificaciones tienen validez legal frente a terceros y entidades de control.

Su labor implica adelantar en la entidad auditada tres auditorías fundamentales:

  1. Auditoría financiera: verifica razonabilidad, integridad y consistencia de los estados financieros.

  2. Auditoría de control interno: evalúa la eficacia de los procesos, controles y prácticas administrativas.

  3. Auditoría de cumplimiento: revisa el acatamiento del marco legal, estatutario, normativo y regulatorio aplicable.

Para cumplir estas funciones, el revisor fiscal debe involucrar a los especialistas que se requieran (tributarios, jurídicos, tecnológicos, operativos), garantizando un análisis integral. Al finalizar, emite:

  • Un dictamen de los estados financieros

  • Un informe sobre control interno

  • Una opinión sobre cumplimiento

Todo ello con independencia, ética y bajo estándares técnicos nacionales e internacionales.

 

La obligación de que una fundación cuente con revisor fiscal depende de su tamaño, naturaleza y nivel de supervisión. En Colombia, una fundación debe nombrar revisor fiscal cuando:

  • Está vigilada por la DIAN por ser entidad del régimen tributario especial y supera los topes de ingresos, patrimonio o donaciones establecidos por la norma.

  • Está vigilada por una Superintendencia (por ejemplo, Supersociedades o Supersalud), la cual exige revisoría fiscal según el tipo de actividad y los requisitos del ente de control.

  • Supera los topes financieros definidos en la Ley 43 de 1990 o el Código de Comercio, aplicables a entidades sin ánimo de lucro que manejan recursos relevantes o administran fondos de terceros.

En general, las fundaciones que manejan recursos públicos, administran donaciones significativas, operan proyectos de alto impacto o reciben supervisión estatal están obligadas a tener un revisor fiscal para garantizar transparencia, vigilancia y cumplimiento normativo.

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