Actualizado el 9 de agosto de 2026
Un revisor fiscal es el contador público encargado de ejercer una fiscalización independiente sobre determinadas organizaciones en Colombia. Su función incluye verificar que las operaciones se ajusten a la ley y a los estatutos, revisar y dictaminar los estados financieros, evaluar aspectos del control interno e informar oportunamente las irregularidades que identifique en el desarrollo de sus funciones.
No todas las empresas están obligadas a tenerlo. La obligación depende, entre otros factores, del tipo societario, los activos o ingresos obtenidos durante el año anterior y las disposiciones especiales aplicables a determinadas entidades. En el caso de las S.A.S., además, existe un régimen particular que debe diferenciarse de otras sociedades por acciones.
Por ello, entender qué es un revisor fiscal, qué funciones cumple y cuándo debe nombrarse es fundamental tanto para cumplir la normativa como para fortalecer la confiabilidad de la información financiera y el gobierno corporativo.
¿Qué es un revisor fiscal?
La revisoría fiscal es una figura de fiscalización prevista por la legislación colombiana. Quien ejerce personalmente el cargo debe ser contador público, conforme al artículo 215 del Código de Comercio. Cuando se designa una firma o asociación de contadores, esta debe nombrar un contador público para cada revisoría, quien desempeñará personalmente las funciones correspondientes.
Su trabajo tiene un alcance más amplio que revisar cifras al final del año.
El revisor fiscal desarrolla una labor independiente y continua que permite evaluar si:
- Las operaciones cumplen la ley y los estatutos.
- Las decisiones de los órganos sociales se están atendiendo correctamente.
- La contabilidad y los soportes se llevan y conservan adecuadamente.
- Existen medidas apropiadas para conservar y custodiar los bienes de la organización.
- Los estados financieros pueden ser dictaminados.
- Existen irregularidades que deben comunicarse a la administración o a los socios.
- Se cumplen determinadas obligaciones de reporte establecidas por la legislación.
Estas funciones se desarrollan principalmente a partir de los artículos 207, 208 y 209 del Código de Comercio y de las normas profesionales y de aseguramiento aplicables.
¿Qué hace un revisor fiscal?
Las funciones del revisor fiscal están establecidas principalmente en el artículo 207 del Código de Comercio. En términos prácticos, sus responsabilidades pueden agruparse en los siguientes frentes:
• Vigila el cumplimiento legal y estatutario
Debe verificar que las operaciones desarrolladas por la sociedad se ajusten a sus estatutos y a las decisiones adoptadas por la asamblea general, junta de socios y junta directiva, cuando corresponda.
Esto convierte a la revisoría fiscal en un mecanismo relevante para detectar actuaciones que se aparten de las reglas bajo las cuales funciona la compañía.
• Informa oportunamente las irregularidades
Cuando identifica irregularidades en el funcionamiento de la sociedad o en el desarrollo de sus negocios, debe comunicarlas oportunamente y por escrito al órgano correspondiente.
Dependiendo de la situación, esa comunicación puede dirigirse a:
- Asamblea o junta de socios.
- Junta directiva.
- Representante legal o gerente.
- Autoridades competentes, cuando exista una obligación legal de reporte.
El artículo 207 también contempla obligaciones específicas de colaboración con entidades gubernamentales y, actualmente, el reporte a la UIAF de operaciones catalogadas como sospechosas cuando sean advertidas dentro del giro ordinario de sus labores.
• Examina la información financiera
La revisoría fiscal desarrolla procedimientos de aseguramiento sobre la información financiera con el objetivo de sustentar la opinión que posteriormente se expresa en el dictamen.
Esto exige obtener evidencia suficiente y adecuada, evaluar riesgos de incorrección material y realizar los procedimientos previstos por las normas profesionales aplicables.
•Evalúa aspectos del control interno
El informe presentado al máximo órgano social debe pronunciarse, entre otros aspectos, sobre si existen y son adecuadas las medidas de control interno, conservación y custodia de los bienes de la sociedad o de terceros que estén en poder de la compañía.
El revisor fiscal puede identificar deficiencias, comunicar hallazgos y formular recomendaciones, pero no debe reemplazar a la administración en el diseño o ejecución de las decisiones que posteriormente deberá evaluar.
Cuando la organización necesita profundizar en este componente más allá del alcance propio de la revisoría fiscal, puede realizar una evaluación de control interno para analizar el diseño y funcionamiento de sus controles, identificar brechas en procesos críticos y definir acciones orientadas a reducir riesgos operativos, financieros y de cumplimiento.
• Revisa libros y documentación
La función también comprende verificar que la contabilidad, correspondencia, comprobantes y libros se lleven y conserven adecuadamente.
Además, el Código de Comercio reconoce al revisor fiscal el derecho de inspeccionar en cualquier momento los libros de contabilidad, actas, correspondencia, comprobantes y demás documentos de la sociedad necesarios para desarrollar sus funciones.
• Dictamina los estados financieros
Una de sus funciones más visibles es emitir una opinión profesional sobre los estados financieros examinados.
El dictamen no consiste únicamente en colocar una firma. Debe ser consecuencia del trabajo realizado y cumplir tanto los requisitos legales como las Normas de Aseguramiento de la Información que correspondan al encargo. El marco colombiano de aseguramiento se encuentra compilado principalmente en el Decreto 2420 de 2015 y sus modificaciones.
¿Qué empresas están obligadas a tener revisor fiscal en Colombia?
Esta es una de las preguntas más importantes porque no todas las sociedades están sujetas a las mismas reglas.
La obligación puede surgir por el tipo de sociedad, por el monto de activos o ingresos, por solicitud de determinados socios o por disposiciones especiales aplicables a ciertos sectores.
Sociedades obligadas por el Código de Comercio
El artículo 203 del Código de Comercio establece, entre otros casos, la obligación para:
- Sociedades por acciones, bajo el régimen general del Código de Comercio.
- Sucursales de compañías extranjeras.
- Sociedades en las que la administración no corresponda a todos los socios, cuando lo solicite un grupo de socios excluidos de la administración que represente por lo menos el 20 % del capital.
Sin embargo, existe una precisión muy importante para las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.).
¿Todas las S.A.S. necesitan revisor fiscal?
No. Aunque la S.A.S. es una sociedad por acciones, la Ley 1258 de 2008 estableció un régimen particular. La Superintendencia de Sociedades ha reiterado que una S.A.S. está obligada a tener revisor fiscal cuando cumple los montos de activos o ingresos del parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, o cuando otra disposición legal aplicable así lo exija.
Por eso, no es correcto concluir que toda S.A.S. debe tener revisor fiscal simplemente por tener acciones.
Obligación por activos o ingresos
El parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 establece la obligación de contar con revisor fiscal para las sociedades comerciales, cualquiera que sea su naturaleza, cuando en el año inmediatamente anterior alcancen alguno de estos límites:
- Activos brutos iguales o superiores a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los valores deben analizarse con las cifras del año inmediatamente anterior. Por ello, la empresa debe revisar anualmente sus estados financieros y confirmar si superó alguno de los umbrales que generan la obligación.
| Criterio | Cuándo existe obligación | Qué debe revisar la empresa |
|---|---|---|
| Tipo societario | Cuando la ley exige revisor fiscal por la naturaleza de la sociedad, como ocurre en los casos previstos por el artículo 203 del Código de Comercio. | Tipo de sociedad y legislación especial aplicable. |
| Activos | Activos brutos del año anterior iguales o superiores a 5.000 SMMLV. | Estados financieros con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. |
| Ingresos | Ingresos brutos del año anterior iguales o superiores a 3.000 SMMLV. | Ingresos reconocidos durante el ejercicio inmediatamente anterior. |
| S.A.S. | Cuando supera los topes legales o existe otra obligación especial. | Topes de activos e ingresos y normas sectoriales aplicables. |
También existen organizaciones sometidas a reglas particulares según su naturaleza jurídica o el sector al que pertenecen. Por esta razón, antes de concluir que una entidad está o no obligada, es necesario revisar tanto el régimen general como las disposiciones especiales aplicables.
En el caso de las entidades sin ánimo de lucro también pueden existir condiciones específicas. Si esta es la situación de su organización, puede consultar la guía sobre cuándo una fundación debe tener revisor fiscal en Colombia.
Revisor fiscal, auditor externo y contador: ¿cuál es la diferencia?
Aunque los tres pueden ser contadores públicos y trabajan con información financiera, sus funciones dentro de una empresa son diferentes.
| Figura | Función principal | Diferencia clave |
|---|---|---|
| Revisor fiscal | Ejerce fiscalización, dictamina estados financieros y vigila aspectos legales, estatutarios y de control. | Sus funciones están establecidas por la ley y su labor requiere independencia frente a la administración. |
| Auditor externo | Realiza un encargo independiente sobre información o procesos definidos contractualmente. | Su alcance depende del encargo contratado y no reemplaza automáticamente las funciones legales de la revisoría fiscal. |
| Contador | Prepara, registra, procesa y presenta información contable y financiera. | Puede formar parte de la estructura administrativa de la empresa; no ejerce sobre su propio trabajo la fiscalización independiente propia del revisor fiscal. |
Una empresa puede contar simultáneamente con contador, auditor interno, auditor externo y revisor fiscal. Lo importante es definir claramente las responsabilidades de cada función y preservar la independencia necesaria para los trabajos de aseguramiento y fiscalización.
La auditoría interna, por ejemplo, tiene un alcance diferente y suele concentrarse en la evaluación de riesgos, procesos, controles y oportunidades de mejora desde el interior de la organización. Para profundizar en esta diferencia puede consultar la guía de Amézquita sobre qué es la auditoría interna y cuál es su función dentro de una empresa.
¿El revisor fiscal puede asesorar a la administración?
El revisor fiscal puede comunicar recomendaciones y oportunidades de mejora derivadas de sus hallazgos. Sin embargo, no debe convertirse en parte de la administración ni asumir decisiones que luego tenga que revisar.
Esta precisión es importante.
Su valor no proviene de administrar la empresa, sino precisamente de conservar la independencia necesaria para evaluarla objetivamente.
El artículo 205 del Código de Comercio establece diferentes inhabilidades, entre ellas ser asociado de determinadas compañías vinculadas, tener ciertos vínculos familiares con administradores y funcionarios relevantes o desempeñar otro cargo dentro de la misma compañía o sus subordinadas.
La independencia protege la credibilidad del dictamen y de las demás conclusiones emitidas por la revisoría.
¿Qué informes emite un revisor fiscal?
No existe un único documento denominado genéricamente “informe de revisoría fiscal” que sustituya todas las obligaciones.
Los principales reportes deben diferenciarse según su propósito.
• Dictamen sobre los estados financieros
El artículo 208 del Código de Comercio establece el contenido del informe o dictamen relacionado con los estados financieros.
En términos generales, el revisor debe expresar su conclusión profesional con base en el examen realizado e indicar las reservas o salvedades que correspondan.
• Informe a la asamblea o junta de socios
El artículo 209 contempla un informe dirigido al máximo órgano social.
Entre otros asuntos, debe pronunciarse sobre:
- Si los actos de los administradores se ajustan a los estatutos y a las instrucciones del máximo órgano.
- Si la correspondencia, comprobantes y libros se llevan y conservan debidamente.
- Si existen medidas adecuadas de control interno y de conservación y custodia de los bienes.
• Comunicaciones de irregularidades
No es necesario esperar al informe anual para comunicar una situación relevante.
El numeral 2 del artículo 207 exige dar cuenta oportunamente y por escrito de las irregularidades identificadas en el funcionamiento de la sociedad o en el desarrollo de sus negocios.
• Certificaciones y otros reportes
Dependiendo de la entidad y de la regulación aplicable, el revisor fiscal también puede emitir certificaciones o reportes solicitados por autoridades tributarias, societarias, financieras u otros supervisores.
Por esta razón, el alcance de la revisoría debe planificarse considerando tanto las disposiciones generales como las obligaciones particulares de cada organización.
¿Qué revisa durante el año?
La revisoría fiscal no debería limitarse a una intervención al final del ejercicio.
Un enfoque adecuado de trabajo puede contemplar durante el año:
- Estados financieros y registros contables.
- Procesos de cierre.
- Impuestos y obligaciones formales relevantes.
- Conciliaciones.
- Cuentas por cobrar y pagar.
- Inventarios y activos.
- Nómina y seguridad social.
- Contratación y pagos.
- Gobierno corporativo.
- Cumplimiento legal y estatutario.
- Controles internos.
- Riesgos de fraude.
- Sistemas que soportan información financiera.
- Seguimiento de hallazgos anteriores.
La intensidad de los procedimientos dependerá del tamaño, complejidad, riesgos y características de la organización.
Ejemplos de hallazgos de una revisoría fiscal
Los hallazgos pueden surgir en diferentes áreas de la organización.
- Conciliaciones bancarias sin depurar: pueden producir saldos contables incorrectos, partidas antiguas sin explicación o dificultades para detectar movimientos inusuales.
- Falta de segregación de funciones: permitir que una misma persona cree proveedores, apruebe facturas y ordene pagos incrementa el riesgo de error o fraude.
- Reconocimiento incorrecto de ingresos: puede afectar los estados financieros y generar diferencias frente a las políticas contables aplicables.
- Soportes contractuales incompletos: pueden aumentar la exposición jurídica, tributaria o financiera asociada con pagos y obligaciones.
- Deficiencias en inventarios: diferencias entre existencias físicas y registros contables pueden afectar costos, resultados y confiabilidad de la información.
El revisor comunica estos hallazgos y puede recomendar correctivos, pero corresponde a la administración definir y ejecutar las acciones necesarias.
¿Quién nombra al revisor fiscal?
Bajo el régimen general del Código de Comercio, la elección corresponde al máximo órgano social. El artículo 204 dispone que la elección del revisor fiscal se realiza por mayoría absoluta de la asamblea o junta de socios, con reglas particulares para determinados tipos societarios.
Después del nombramiento deben cumplirse los trámites corporativos y registrales que correspondan.
Cuando se designa una firma de contadores, esta deberá señalar al contador público encargado de ejercer personalmente la revisoría, conforme a las condiciones legales aplicables.
¿Qué requisitos debe cumplir un revisor fiscal?
Además de ser contador público cuando ejerce personalmente el cargo, es fundamental verificar:
- Tarjeta profesional y habilitación correspondiente.
- Experiencia acorde con la complejidad de la entidad.
- Conocimiento del marco contable aplicable.
- Conocimiento de las Normas de Aseguramiento de la Información.
- Capacidad para evaluar riesgos y controles.
- Independencia frente a la organización.
- Ausencia de inhabilidades o incompatibilidades.
- Recursos suficientes para ejecutar el trabajo.
En una organización compleja también puede ser necesario contar con especialistas tributarios, legales, tecnológicos u otros profesionales que apoyen determinados procedimientos, sin que ello transfiera la responsabilidad propia del revisor fiscal.
¿Por qué es importante la independencia?
La independencia es uno de los elementos centrales de la revisoría fiscal.
Si el profesional participa en decisiones administrativas, ejecuta los controles que posteriormente debe evaluar o mantiene relaciones incompatibles con el cargo, puede afectarse la objetividad de su juicio.
Por eso, el Código de Comercio y la Ley 43 de 1990 establecen restricciones e incompatibilidades orientadas a preservar esa separación.
Una revisoría independiente permite que socios, juntas, autoridades y otros usuarios de la información tengan mayor confianza en las conclusiones presentadas.
¿Qué responsabilidades tiene un revisor fiscal?
El cargo implica responsabilidades profesionales y legales importantes.
El artículo 211 del Código de Comercio establece que el revisor fiscal responde por los perjuicios que ocasione a la sociedad, sus asociados o terceros cuando actúe con negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.
Además, como contador público está sujeto al régimen profesional y ético correspondiente.
Por ello, el ejercicio de la revisoría requiere:
- Planeación adecuada.
- Evidencia suficiente.
- Documentación de los procedimientos.
- Comunicación oportuna de hallazgos.
- Independencia.
- Competencia profesional.
- Cumplimiento de las normas de aseguramiento aplicables.
La responsabilidad del revisor tampoco elimina la responsabilidad de administradores, contadores y demás funcionarios sobre las funciones que legalmente les corresponden.
¿Cómo aprovechar adecuadamente la revisoría fiscal?
Para que la revisoría genere valor y no se convierta únicamente en un requisito formal, la administración debería:
- Entregar información completa y oportuna.
- Facilitar acceso a documentos, sistemas y responsables.
- Analizar los hallazgos reportados.
- Asignar responsables a las acciones correctivas.
- Establecer plazos de solución.
- Hacer seguimiento a hallazgos recurrentes.
- Comunicar cambios relevantes en el negocio.
- Mantener claramente separados los roles de administración y fiscalización.
El objetivo no es eliminar las diferencias de criterio entre administración y revisoría, sino garantizar que exista evidencia, comunicación y seguimiento adecuado frente a los riesgos identificados.
También es importante evitar prácticas que reduzcen la efectividad de esta función, como entregar información de manera tardía, restringir innecesariamente el acceso a documentos, ignorar hallazgos recurrentes o tratar el dictamen como el único resultado del trabajo. Para profundizar en estos puntos, puede consultar los errores comunes en revisoría fiscal y cómo evitarlos.
Una relación adecuada entre la administración y el revisor fiscal debe permitir una comunicación abierta y oportuna, pero siempre preservando la independencia profesional necesaria para que las conclusiones y recomendaciones mantengan su objetividad.
¿Cómo puede ayudar Amézquita?
Amézquita ofrece un servicio de revisoría fiscal en Colombia orientado al examen independiente de la información financiera, la evaluación de controles, el cumplimiento legal y tributario y la identificación de riesgos relevantes para la organización.
El servicio contempla, entre otros aspectos:
- Análisis de estados financieros.
- Evaluación de controles internos.
- Revisión de cumplimiento legal y tributario.
- Verificación documental y trazabilidad.
- Identificación de riesgos.
- Informes técnicos y recomendaciones de mejora.
El enfoque de Amézquita combina independencia, metodología basada en riesgos, experiencia multisectorial y equipos especializados para acompañar a empresas que requieren cumplir con la obligación legal de revisoría fiscal y fortalecer la confianza en su información.
Revisoría fiscal: más que una firma al cierre del año
El revisor fiscal cumple una función de fiscalización independiente que trasciende la revisión final de los estados financieros.
Su trabajo comprende vigilar el cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias, comunicar irregularidades, evaluar aspectos del control interno, revisar información financiera y emitir los informes que exige la regulación.
Para las empresas, el primer paso es determinar correctamente si existe obligación de contar con revisor fiscal. El segundo es asegurar que el profesional o firma designada conserve su independencia, cuente con los recursos necesarios y desarrolle una vigilancia acorde con los riesgos reales de la organización.