DIAN amplía plazos para la entrega de exógena en sector de seguridad privada

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DIAN publica proyecto de resolución que amplía plazos para la entrega de información exógena cambiaria

La DIAN público un proyecto de resolución, mediante el cual se propone modificar el artículo 2.2.5 de la Resolución 204 del 3 de abril de 2025, con el fin de ampliar los términos para la presentación de la información exógena cambiaria a cargo de los intermediarios del mercado cambiario IMC, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos.

La medida obedece a la necesidad de otorgar un plazo adicional a los obligados, dadas las nuevas validaciones, estructuras y contenidos que incorporaron los anexos técnicos adoptados en la Resolución 204 de 2025, en concordancia con la Circular Reglamentaria Externa DCIP 83 de 2023 del Banco de la República.

La modificación establece un calendario especial transitorio, en el que se dejan sin efecto los vencimientos trimestrales inicialmente previstos en el artículo 2.2.1 de la Resolución 204 de 2025:

Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC):

Información exógena cambiaria

Fecha límite de presentación

Información del 30 de octubre a 31 de diciembre de 2023 y de todos los trimestres del 2024

 A más tardar el 31 de enero de 2026

Información de los trimestres del 2025 y el primer trimestre del 2026

A más tardar el 30 de abril de 2026.

Titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros:

Información exógena cambiaria

Fecha límite de presentación

Información del cuarto trimestre de 2023 y de todos los trimestres del 2024

A más tardar el 31 de enero de 2026

Información de los trimestres del 2025 y el primer trimestre del 2026

A más tardar el 30 de abril de 2026.

Régimen ordinario a partir del 2026:

Información exógena cambiaria

Fecha límite de presentación

Desde el segundo trimestre de 2026 en adelante

La información deberá presentarse según el calendario ordinario de vencimientos previsto en el artículo 2.2.1 de la Resolución 204 de 2025.

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