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Posteriormente, la Corte Constitucional adoptó decisión de fondo mediante la Sentencia C-079 de 2026, relacionada con el Decreto Legislativo 1474 de 2025. Para consultar el estado actual de las medidas tributarias de emergencia económica 2026, revisa nuestro análisis actualizado sobre medidas tributarias de emergencia económica 2026.
Fecha de la medida cautelar: 29 de enero de 2026
La Corte Constitucional de Colombia, en Sala Plena y dentro del expediente RE-387, profirió el Auto 082 de 2026 mediante el cual adoptó la suspensión provisional del Decreto Legislativo 1390 de 2025, que había declarado el Estado de Emergencia Económica y Social.
La medida cautelar fue adoptada mientras la Corte adelantaba el control automático de constitucionalidad sobre el decreto declaratorio del estado de excepción. Su efecto principal fue impedir que el Decreto 1390 de 2025 y sus decretos de desarrollo continuaran produciendo efectos jurídicos mientras se adoptaba una decisión de fondo.
¿Qué decidió la Corte Constitucional?
La Corte Constitucional analizó la procedencia de la suspensión provisional dentro del control constitucional de un decreto declaratorio de estado de excepción. La discusión no se limitó a la conveniencia de la emergencia, sino al alcance de la potestad cautelar de la Corte cuando se advierte, de forma preliminar, un posible defecto constitucional y un riesgo de consolidación de efectos jurídicos difíciles de revertir.
En ese contexto, la Corte partió del desarrollo jurisprudencial sobre suspensión provisional de normas bajo control constitucional, especialmente del marco fijado en el Auto 272 de 2023. Aunque se trata de una herramienta excepcional, la Sala consideró que puede ser compatible con su función de guarda de la supremacía de la Constitución cuando se cumplen condiciones estrictas de procedencia.
¿Qué efecto tuvo sobre el Decreto 1474 de 2025?
Como consecuencia de la suspensión provisional del Decreto 1390 de 2025, el Decreto Legislativo 1474 de 2025 dejó temporalmente de producir efectos. Esto fue especialmente relevante porque el Decreto 1474 contenía medidas tributarias adoptadas para atender los gastos derivados del estado de emergencia económica y social.
En términos prácticos, la suspensión implicó que las medidas tributarias contenidas en el Decreto 1474 no podían seguir aplicándose mientras estuviera vigente la medida cautelar, debido a que dependían del decreto declaratorio de emergencia suspendido.
Posteriormente, mediante la Sentencia C-079 de 2026, la Corte Constitucional adoptó decisión de fondo sobre el Decreto Legislativo 1474 de 2025. La DIAN informó que estudiaría integralmente el alcance de dicha decisión y adoptaría las medidas administrativas y operativas necesarias para su cumplimiento.
También puedes consultar nuestro análisis específico sobre el pronunciamiento de la DIAN frente a la Sentencia C-079 de 2026 y la posible devolución de impuestos a contribuyentes.
Votación y posiciones dentro de la Sala Plena
La decisión fue adoptada por mayoría de seis votos contra dos. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade se apartaron de la decisión mayoritaria y anunciaron salvamento de voto.
Adicionalmente, los magistrados Juan Carlos Cortés González y Natalia Ángel Cabo presentaron aclaraciones de voto. Esto muestra que, aunque existió una posición mayoritaria sobre la procedencia de la suspensión, también hubo matices sobre el fundamento, el estándar aplicable y el alcance práctico de la medida cautelar.
¿Qué deben tener en cuenta las empresas?
En un contexto de alta incertidumbre normativa, las empresas deben hacer seguimiento a las decisiones de la Corte Constitucional, los pronunciamientos de la DIAN y los eventuales efectos sobre pagos, declaraciones, beneficios tributarios o medidas aplicadas durante la vigencia temporal de los decretos.
Para las organizaciones que pudieron verse afectadas por las medidas del Decreto 1474 de 2025, resulta importante revisar soportes, pagos realizados, declaraciones, registros contables y posibles efectos sobre saldos a favor, devoluciones o ajustes tributarios.
En Amézquita acompañamos a las empresas en el análisis jurídico y tributario de los cambios regulatorios que impactan su operación. Si tu organización necesita evaluar los efectos de esta decisión, puedes consultar nuestro servicio de asesoría y consultoría tributaria.