DIAN – Información exógena

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Conforme al Comunicado de Prensa No. 52 emitido por la DIAN del día de hoy, 23 de mayo de 2025, se ha dado por finalizada la contingencia tecnológica que afectó el acceso a los servicios informáticos electrónicos de la entidad durante las últimas semanas.

Adicionalmente, mediante la Resolución No. 000213 del 23 de mayo de 2025, la DIAN estableció nuevos plazos para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2024, con el fin de garantizar que los contribuyentes afectados por la contingencia puedan cumplir con sus obligaciones sin perjuicio.

Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con el comunicado oficial, la DIAN:

  • Habilita la presentación de obligaciones entre el 12 y el 23 de mayo de 2025 sin generar sanciones ni intereses, lo que puede resultar útil para quienes tuvieron inconvenientes o incurrían en extemporaneidades.
  • Advierte que las obligaciones presentadas durante el período de contingencia (12 al 23 de mayo) podrían no haberse registrado correctamente, por lo cual recomendamos verificar que todas las declaraciones, reportes y trámites realizados durante ese lapso figuren correctamente en el sistema.

Sugerimos revisar especialmente:

  • Declaraciones de retención en la fuente, IVA, Renta u otras obligaciones tributarias presentadas en dicho período.
  • Reportes de información exógena ya enviados o pendientes por enviar.
  • Estados de cuenta en la plataforma Muisca.

Anexamos la Resolución 000213 de 2025 y el Comunicado de Prensa No. 52 para su conocimiento y análisis.

Quedamos atentos a cualquier duda o requerimiento de acompañamiento en la revisión de sus obligaciones tributarias o en la reprogramación de los reportes de información exógena.

 

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